La Secretaría de Cultura de la Presidencia avanza en la implementación de las medidas de protección y salvaguarda del lugar donde, el 2 de diciembre de 1980, fueron violadas y asesinadas las misioneras de la orden Maryknoll: Ita Ford, Maura Clark, Dorothy Kazel y Jean Donovan, por miembros de la Guardia Nacional.
El sitio, ubicado en el cantón Santa Cruz Chacastal, de Santiago Nonualco, La Paz, obtuvo declaratoria de Bien Cultural en noviembre de 2015, por parte de la Secretaría de Cultura a solicitud de la Fundación SHARE El Salvador.
Como parte de la implementación de las medidas de protección y salvaguarda, la antropóloga Astrid Francia, del Departamento de Registro de Bienes Culturales de la Dirección Nacional de Patrimonio, impartió una charla de sensibilización en Santiago Nonualco, el pasado 13 de julio.
“La primera charla de sensibilización y divulgación sobre esta declaratoria se realizó en el Centro Escolar Centroamérica, cantón Santa Teresa, con la participación de 74 estudiantes de tercer ciclo”, dijo la jefa del Departamento de Registro, Sandra Alarcón.
Alarcón agregó que la Secretaría de Cultura desarrolla estas actividades de difusión y sensibilización, con la finalidad de que la población estudiantil conozca, reconozca y proteja las manifestaciones del patrimonio cultural y natural declarado de su localidad.
En la declaratoria se establecen las siguientes medidas de protección y salvaguardia:
- Que el lugar en referencia, así como el monumento conmemorativo, la ermita Esquipulas y el árbol de tihuilote o tigüilote que están dentro de sus límites, deberán considerarse tanto de forma individual como de forma conjunta; por lo tanto, toda intervención a realizar que afecte directa o indirectamente el mencionado lugar, deberá partir de un plan director que oriente las actuaciones tanto para el lugar como para cada uno de los elementos ubicados dentro de sus límites. En tal sentido, a fin de no perjudicar los valores establecidos, los elementos no podrán ser removidos de sus sitio y solo se permitirán obras de mejoramiento en su estructura física o de restauración, según sea el caso, previa autorización de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural y Natural.
- Los tipos de obras permitidos serán: obras de protección inmediata para mitigación de riesgos inminentes, reparaciones locativas u otras obras que se considere necesario implementar para su mantenimiento.
- Quedan prohibidos los siguientes usos dentro de los límites descritos en el Art. 1 de la presente declaratoria: vallas publicitarias, mástiles o torres de tendido eléctrico de alta tensión o telefonía; estaciones de transferencia de basura; estaciones de energía eléctrica; incineradores de basura; gasolineras; bodegas de productos perecederos y no perecederos; pirotécnicos; silos; bodegas de acopio y transferencia; estacionamientos públicos o privados; talleres automotrices y lavado de carros; servicios de transporte tales como: terminales de carga y terminales de autobuses; y cualquier otra que vaya en detrimento del entorno circundante de los bienes culturales, así como de actividades que generen altas concentraciones de olores, ruidos estridentes, gases, desperdicios molestos y contaminantes, y cualquier otro uso no acorde a la dignificación y valorización del bien cultural.
- En cuanto al árbol de tihuilote o tigüilote, no se permite vulnerar su tronco o ramas, ni ser usado como sostén de cualquier tipo de estructura. La poda parcial es permitida siempre y cuando sea para mitigar algún daño o para mantenimiento de su follaje.
- La Dirección Nacional de Patrimonio Cultural y Natural a través del Departamento de Registro de Bienes Culturales impulsará durante un año después de la publicación de la presente declaratoria en el Diario Oficial, un programa de charlas para su promoción y divulgación.
- http://www.cultura.gob.sv/avanzan-medidas-de-proteccion-del-sitio-de-asesinato-de-las-monjas-maryknoll/
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